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	<title>UNAMG - Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas</title>
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	<description>UNAMG - Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas es una organización feminista</description>
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		<title>Pronunciamiento final.  Tribunal de conciencia contra la violencia sexual hacia las mujeres durante  el conflicto armado interno en Guatemala</title>
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		<pubDate>Sun, 14 Mar 2010 21:03:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Las Magistradas  que integramos el Tribunal de Conciencia, constituidas en la ciudad de  Guatemala el día 5 de marzo de 2010, en presencia de las personas testigas de  honor y en el marco del cumplimiento de los 10 años de la Resolución  1325 del Consejo de Seguridad de la  ONU y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Las Magistradas  que integramos el Tribunal de Conciencia, constituidas en la ciudad de  Guatemala el día 5 de marzo de 2010, en presencia de las personas testigas de  honor y en el marco del cumplimiento de los 10 años de la Resolución  1325 del Consejo de Seguridad de la  ONU y segundo año de la Resolución 1820  del mismo organismo en las que se insta a los Estados a poner fin a  la impunidad y a reparar a las mujeres por los actos de violencia perpetrados  contra ellas en contextos bélicos; Con ocasión de cumplirse ocho años de la  celebración del Primer Tribunal de Mujeres contra la violencia sexual celebrado  en Tokio, Japón.<span id="more-315"></span> En el marco de la campaña Únete para poner fin a la violencia  contra las mujeres, del Secretario de Naciones Unidas, así como la revisión que  en estos momentos se está realizando de los acuerdos suscritos en  1995 por 189 países en La Conferencia  de Mujeres de Naciones Unidas de Beijing  (China) y la preparación a lo largo de este año del Plan de Acción Europeo  sobre la Igualdad de Género en la Cooperación  para el Desarrollo; además de la declaratoria de diversas organizaciones y especialmente  de Derechos Humanos de Guatemala del año 2010 como el año contra la impunidad  con ocasión de haberse cumplido 30 años de la quema de la Embajada de España sin  que a la fecha se haya condenado a nadie por ese execrable crimen.  Luego de tener a la vista los medios de prueba presentados, enfatizando  en los testimonios escuchados y luego de analizar los alegatos vertidos por la  fiscalía a cargo de María Eugenia Solís y Juana Balmaseda Ripeiro, procederemos  a emitir veredicto de conciencia:</p>
<p><strong>CONSIDERANDO </strong></p>
<p>Que los conflictos  armados, han causado y causan gravísimas repercusiones sobre la integridad  física, el bienestar psicológico y espiritual, así como la seguridad económica, el estatus social, el tejido social, con impactos diferenciados por género  en las vidas de las mujeres y las niñas.</p>
<p><strong>CONSIDERANDO </strong></p>
<p>Que la violencia  de género, y en particular la violencia sexual y las violaciones contra las  mujeres y las niñas se han empleado y emplean aún hoy en día como armas de guerra,  alcanzando proporciones alarmantes e intolerables para la conciencia  humana apegada al ideal de los derechos de la humanidad.</p>
<p><strong>CONSIDERANDO</strong></p>
<p>Que a nivel  mundial se unifican esfuerzos para visibilizar esta problemática, para que los hechos no queden impunes, las mujeres sean reparadas adecuadamente; según la  vulneración sufrida y las sociedades reconozcan estos crímenes contra las mujeres  con el objetivo de evitar su repetición.</p>
<p><strong>CONSIDERANDO </strong></p>
<p>Que este Tribunal  de Conciencia se inscribe en la tradición de las mujeres por luchar de una manera  creativa para construir la paz social aportando desde su visión de  igualdad real para un mundo cualitativamente mejor para todas y todos.</p>
<p><strong>POR TANTO:</strong></p>
<p>Ante los hechos  puestos en conocimiento del Tribunal luego de escuchar a las mujeres sobrevivientes de violencia de género, particularmente de violación sexual,  ocurrida durante el conflicto armado interno, quienes en un claro ejercicio de ciudadanía  han ofrecido su testimonio superando el miedo por las condiciones de inseguridad  que prevalecen para su integridad física, ilustrando al Tribunal sobre la serie de hechos criminales de que fueron víctimas y que cubre una amplia gama de manifestaciones entre ellas:</p>
<ul>
<li>Desnudez forzada</li>
<li>Violación sexual por una o varias personas.</li>
<li>Violación sexual con objetos.</li>
<li>Violación sexual como método de suplicio en interrogatorios.</li>
<li>Violación sexual previa, durante y después de masacres.</li>
<li>Violación sexual frente a sus familiares o vecinos.</li>
<li>Embarazos forzosos.</li>
<li>Convivencia marital forzosa con soldados, comisionados militares o patrulleros de auto defensa civil.</li>
<li> Esterilizaciones forzosas – mujeres que abortaron debido a las violaciones y otro de tipo de violencias</li>
<li>Esclavitud sexual más doméstica permaneciendo obligadamente en grado de disponibilidad para la tropa, destacamento u otros.</li>
<li>Violación sexual y mutilación.</li>
</ul>
<p>Al señalar que todos los hechos relatados ocurrieron dentro de los años 1981 y 1984, salvo  uno, que ocurrió en 1995, y que fueron cometidos en los Departamentos de  Guatemala, Chimaltenango, Quiché, Huehuetenango e Izabal.</p>
<p>Todos salvo  el Departamento de Guatemala, habitados mayoritariamente por pueblos mayas.  Se puede establecer que las causas, efectos y atribución de responsabilidades  quedó claramente manifiesta a partir de las opiniones de personas expertas  y documentos públicos de carácter oficial que constituyen medios probatorios útiles, idóneos y pertinentes presentados por la Fiscalía.</p>
<p>Este  Tribunal de Conciencia conoció directamente  el testimonio de las víctimas que refleja el acontecimiento de violencia sexual durante los procedimientos de desalojo de tierras ocupadas ejecutados por fuerzas de seguridad en la actualidad, en diferentes  regiones de Guatemala y que evidencian el patrón de continuum histórico de la  violencia de género.</p>
<p>Por lo que luego  de deliberar cuidadosamente sobre los hechos cometidos en territorio guatemalteco,  durante el período comprendido entre 1960 y 1995, las causas y  consecuencias de los mismos y advirtiendo el marco jurídico aplicable</p>
<p><strong>RESUELVE EN  CONCIENCIA. </strong></p>
<p><strong> DECLARAR:</strong></p>
<ol type="A">
<li>Como quedó demostrado la violación sexual durante el conflicto armado interno se cometió en concurrencia con otros delitos gravísimos como el Genocidio y/o Delitos contra los deberes de humanidad. La violación sexual se enmarca dentro de los delitos contra la libertad y seguridad sexual artículos 173, 174; genocidio artículo 376 y como delitos contra los deberes de humanidad artículo 378 del Código Penal Guatemalteco, los delitos antes descritos,  por su naturaleza, son de acción pública e imprescriptibles.</li>
<li>Los actos directamente imputables al Estado, fueron realizados por funcionarios o empleados públicos y agencias estatales de fuerzas de seguridad y militares. Así mismo el Estado tiene       responsabilidad directa por los actos de civiles en los que delegó de jure o de facto, potestad para actuar en su nombre, o con su consentimiento, aquiescencia o conocimiento. En esta situación se incluye a los comisionados militares, agentes de la autoridad militar según la ley, los patrulleros civiles en tanto actuaron organizados, orientados, obligados o con conocimiento de la autoridad militar, los dueños de fincas, por las funciones policiales que       les otorgó el Código Penal de 1936, y cualquier otro tercero que actuó bajo       dirección o con conocimiento de agentes estatales. Las responsabilidades de       gran parte de estas violaciones alcanzan, en la línea de mando militar y de       la responsabilidad política y administrativa, a los más altos grados del Ejército,       Policía Nacional y de los sucesivos Gobiernos.</li>
<li> Que el hecho notorio de que       ningún jefe, oficial o mando medio del Ejército o de las fuerzas de       seguridad del Estado fuera procesado ni condenado por estas acciones violatorias       de los derechos humanos a lo largo de tantos años, refuerza la percepción de       que en su mayoría las violaciones cometidas fueron resultado de una política       de orden institucional, que aseguró una impenetrable impunidad, la cual       persiste hasta el día de hoy.</li>
<li>Que los grupos armados       insurgentes que fueron parte en el enfrentamiento armado interno tenían el       deber de respetar las normas del derecho internacional humanitario de los conflictos       armados y los principios generales comunes con el derecho internacional de       los derechos humanos. Sus altos mandos tenían la obligación de instruir a       sus subordinados para que respetaran dichas normas y principios.</li>
<li>Que si bien la violación sexual       no fue empleada como arma de guerra por parte de los grupos armados insurgentes,       la misma fue perpetrada por miembros de estas con el aprovechamiento del contexto       de guerra, del terror instalado en la población en general y en las       mujeres en particular, sometiéndolas y violándolas a través del uso de la fuerza       física y psicológica, y tampoco fue castigada por los superiores de       quienes cometieron los hechos violentos contra las mujeres.</li>
<li> Los miembros de los grupos armados       insurgentes, al haber incurrido en estos hechos, además de infringir las normas       del Derecho Internacional Humanitario, violaron los principios comunes de éste       con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Por lo cual sus acciones       se encuadran en el delito de violación sexual enmarcada dentro de los       delitos contra la libertad y seguridad sexual artículos. 173, 174; en       concurrencia con Los delitos, contra los deberes de humanidad artículo 378       del Código Penal Guatemalteco. Y por su naturaleza, son de acción pública       e imprescriptible</li>
<li>Que el Estado de Guatemala, al no       cumplir con el deber de debida diligencia para investigar y sancionar los       delitos cometidos y al no tener las políticas necesarias para prevenir hechos       similares, envía un mensaje social de permisión e impunidad.</li>
<li>Que la violencia de género       perpetrada durante el conflicto armado interno es consecuencia de las desigualdades       entre mujeres y hombres, niñas y niños, que antecedieron al conflicto, y       que esta violencia sigue agravando la discriminación hacia las mujeres y las       niñas en la época actual post-conflicto.</li>
<li>Que las iniciativas y estrategias       estatales para garantizar el acceso a la justicia y la reparación integral       de las mujeres y niñas sobrevivientes de violencia sexual durante el       conflicto armado interno, no han sido suficientes ni idóneas.</li>
<li> Que la violencia sexual       cometida en Guatemala, contra las mujeres en el marco del conflicto armado       constituye un acto contrario a los derechos humanos universales, por lo       que lesionó el imaginario social mundial, y el mismo permanecerá lesionado       hasta que las mujeres sean reparadas de forma pronta e idónea a su       sufrimiento.</li>
<li> Que las violaciones sexuales       cometidas en la actualidad por miembros de fuerzas de seguridad combinadas       por fuerzas policiales y militares en los procedimientos de desalojos de tierras       ocupadas constituyen claramente delito de Tortura contenido en el       artículo 201 bis del Código Penal Guatemalteco.</li>
</ol>
<p>Este  Tribunal de Conciencia considera oportuno hacer las siguientes:<br />
<strong>RECOMENDACIONES:</strong></p>
<ol type="1">
<li>Poner fin a la impunidad,       mediante acciones legales prontas y eficaces por los crímenes cometidos       contra las mujeres y las niñas durante el conflicto armado interno y en la       actualidad, por ser un componente esencial de las políticas de reparación       y una exigencia del derecho internacional.</li>
<li> Que las personas que       participarán en las diferentes etapas del proceso de investigación y       judicialización de los casos presentados ante los tribunales competentes, así       como las personas que participan en el proceso de reparación, sean sensibilizadas       sobre leyes, necesidades y diferencias estructurales relativas al género, la       edad, la diversidad cultural, y estén comprometidas a respetar las normas internacionales       y regionales de derechos humanos.</li>
<li> Con el objetivo de prevenir       futuros actos similares a los sufridos por miles de mujeres guatemaltecas       en el período de conflicto armado, se proceda a la ratificación por el       Estado guatemalteco del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional       y el Mecanismo Nacional del  Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos       o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.</li>
<li> Que el Estado de Guatemala base       todas las políticas y medidas relacionadas con la reparación, explícitamente,       en el principio de la no discriminación por razón de sexo, género, etnicidad,       raza, edad, filiación política, clase social, estado civil, orientación sexual,       nacionalidad, religión y discapacidad y en medidas afirmativas orientadas a       corregir las desigualdades.</li>
<li>Que el Estado guatemalteco respete       y garantice la aplicación de las normas internacionales y regionales sobre       el derecho a interponer recursos y obtener reparaciones, así como los       derechos de las mujeres y las niñas.</li>
<li>Que el Estado cumpla con su obligación       de remover las barreras estructurales y administrativas de todos los sectores       del sistema de justicia, que obstruyen o niegan el acceso de las mujeres a       interponer recursos efectivos y de aplicación obligatoria para elaborar       programas de reparación justos para las víctimas.</li>
<li>Los procesos deben empoderar a las       mujeres, o aquellas personas que actúan conforme el interés de ellas, para       que determinen por sí mismas las formas de reparación que se adecuan mejor       a su situación.</li>
<li>Además, los procesos legales y       de reparación tienen que superar aquellos aspectos de las leyes y       prácticas consuetudinarias y religiosas que impiden que las mujeres, estén       en posición de tomar, e influir en decisiones sobre sus propias vidas.</li>
<li>La sociedad civil deberá impulsar       políticas y prácticas de reparación, y el Estado debe esforzarse por       establecer una verdadera cooperación con los grupos de la sociedad civil. Se       necesitan medidas para garantizar la autonomía de la sociedad civil y un       espacio de representación de las voces de las mujeres en toda su       diversidad.</li>
<li>Asegurar la plena participación       en las instancias responsables, de las víctimas sobrevivientes en la toma de       decisiones respecto a las reparaciones, asegurando una representación equitativa       de mujeres en toda su diversidad. El Estado y otras partes concernientes       deben asegurar que las mujeres sean debidamente informadas para el ejercicio       pleno de sus derechos.</li>
<li>Las prácticas y los       procedimientos para obtener reparaciones deben tener en cuenta la realidad       de las mujeres y niñas según la edad, la diversidad cultural y sus derechos;       respetando su dignidad, privacidad y seguridad.</li>
<li>La implementación de las medidas       de reparación se deben utilizar indicadores sensibles al género, la edad, la       diversidad cultural y los derechos humanos para el monitoreo y evaluación.</li>
<li>Las reparaciones deben ir más allá       de las razones y consecuencias inmediatas de los crímenes y las violaciones;       deben apuntar a la transformación de las desigualdades políticas y estructurales       que influyen negativamente en la vida de las mujeres y las niñas. La reparación       debe ser tomado como un proceso y no solamente como la implementación de medidas       (tangibles e intangibles) que no tienen relación entre sí.</li>
<li>Que la instancia coordinadora       de políticas públicas a favor de las mujeres incluya dentro de su agenda       la reparación integral a favor de las mujeres sobrevivientes de violaciones       a derechos humanos durante el conflicto armado interno. Incluyendo dentro       de esta principios tales como:
<ol type="a">
<li>Trato con dignidad para las mujeres        víctimas sobrevivientes de violaciones a derechos humanos durante el conflicto        armado interno, particularmente partir de la credibilidad del relato        ofrecido cuando se trata de violencia sexual.</li>
<li>Agilidad y coherencia de las medidas        de reparación de carácter integral, con pertinencia cultural y desde una        visión de derechos humanos.</li>
<li>Definir con claridad los procedimientos        y requisitos, así como el sistema de información que permita a la víctima        sobreviviente acceder fácilmente al conocimiento del estado de sus solicitudes,        las razones de su denegatoria y las propuestas de medidas posibles de        reparación.</li>
</ol>
</li>
<li>Que el Congreso de la República promulgue la Ley Nacional de Reparación Integral a favor de las personas sobrevivientes de violaciones a sus derechos humanos durante el conflicto armado interno en Guatemala.</li>
</ol>
<p>El presente  pronunciamiento es suscrito y dado a conocer públicamente hoy 5 de marzo del  año 2010.</p>
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		<title>Peritaje Antropológico</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 23:08:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Últimas Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[El antropólogo Erwin Melgar presento el peritaje no.5 dando estadísticas sobre las mujeres.
Las exhumaciones de los cuerpos en las fosas comunes dieron la oportunidad de realizar estudios en los cuerpos de las mujeres, para poder averiguar cueles fueron las causas de la muerte de las mujeres y  son:
57% fueron por ser ejecutadas por arma [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El antropólogo Erwin Melgar presento el peritaje no.5 dando estadísticas sobre las mujeres.</p>
<p>Las exhumaciones de los cuerpos en las fosas comunes dieron la oportunidad de realizar estudios en los cuerpos de las mujeres, para poder averiguar cueles fueron las causas de la muerte de las mujeres y  son:</p>
<p>57% fueron por ser ejecutadas por arma de fuego<br />
27% fueron quemadas<br />
81% por masacres en las comunidades<span id="more-303"></span></p>
<p>En los años 1981 y 1982 el 74% de las victimas murieron en esos años y este periodo fue donde se violaron más los derechos humanos. Cuando les estaban haciendo los estudios a los cuerpos se encontró que un:</p>
<p>87% eran mujeres<br />
17% no se pudo por que estaban en mal estado.</p>
<p>No solo mujeres fueron victimas sino también niños. Se encontraron que el 43%  eran de 0 a 7 años.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Sector de Mujeres Solidarias con el Tribunal de Conciencia</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 20:04:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Guatemala, marzo 5 del 2010
Compañeras
UNAMG, ECAP, La Cuerda, MTM
Presente.

Estimadas Compañeras
Reciban un cordial saludo.
Como integrantes del Equipo de Seguimeinto Político en representación de las organizaciones integrantes de nuestra Alianza Política Sector de Mujeres, les enviamos esta carta como reconocimiento, agradecimiento y solidaridad por el acto histórico y valeroso de la realización del Tribunal de Conciencia por [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Guatemala, marzo 5 del 2010</p>
<p>Compañeras</p>
<p>UNAMG, ECAP, La Cuerda, MTM</p>
<p>Presente.</p>
<p><span id="more-299"></span></p>
<p><strong>Estimadas Compañeras</strong></p>
<p>Reciban un cordial saludo.</p>
<p>Como integrantes del Equipo de Seguimeinto Político en representación de las organizaciones integrantes de nuestra Alianza Política Sector de Mujeres, les enviamos esta carta como reconocimiento, agradecimiento y solidaridad por el acto histórico y valeroso de la realización del Tribunal de Conciencia por la violencia sexual durante la guerra.</p>
<p>Estamos con ustedes en su lucha por la memoria, la justicia y la verdad.</p>
<p>Respetuosamente,</p>
<p style="text-align: center;">Equipo de Seguimeinto Político</p>
<p>Amarilis Guamuch</p>
<p>Aida Ramírez</p>
<p>Manuela Alvarado</p>
<p>Ssandra Morán</p>
<p>Martha Lidia Godinez</p>
<p>Rosario Escobedo</p>
<p>Miriam Iquique</p>
<p>Liss Pérez</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Peritaje Médico</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 19:43:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Últimas Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[Según Karin Griese, médica, la violencia sexual hacia las mujeres genera traumas y efectos físicos a largo plazo, efectos psicosociales en las relaciones sociales y relaciones  sexogenitales. Plantea que no es una tarea fácil, puesto que como consecuencia del trauma se tienen efectos como presión arterial alta, dolor crónico, severo y general y en muchos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Según Karin Griese, médica, la violencia sexual hacia las mujeres genera traumas y efectos físicos a largo plazo, efectos psicosociales en las relaciones sociales y relaciones  sexogenitales. Plantea que no es una tarea fácil, puesto que como consecuencia del trauma se tienen efectos como presión arterial alta, dolor crónico, severo y general y en muchos casos infertilidad. Un efecto constante es sufrir de dolores durante relaciones sexogenitales.</p>
<p><span id="more-296"></span></p>
<p>Muchas de las mujeres víctimas de violencia sexual quedaban embarazadas como producto de las agresiones. Las mujeres eran obligadas a practicarse abortos sin medidas higiénicas debido que la información en el área rural no es muy accesible.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Ni Olvido Ni Silencio</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 19:20:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Últimas Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[En el segundo día del tribunal de conciencia, se inició con  la lectura de lo actuado hasta el momento por Lucía Morán, luego una explicación acerca de las actividades que se realizarán. Inmediatamente después se inicio la presentación de un documental  acerca de testimonios de sobrevivientes de la violencia sexual en el conflicto armado, para [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En el segundo día del tribunal de conciencia, se inició con  la lectura de lo actuado hasta el momento por Lucía Morán, luego una explicación acerca de las actividades que se realizarán. Inmediatamente después se inicio la presentación de un documental  acerca de testimonios de sobrevivientes de la violencia sexual en el conflicto armado, para proceder  a los peritajes expuestos por invitados nacionales e internacionales, expertos en problemas sociales, donde darán a conocer sus ideas acerca antes escuchado. Entre los expositores están Juana Balmaseda, Sandino Asturias, Jeannete Asencio, Olga Alicia Paz, Karin Griese, Irma Alicia Velásquez   Nimatuj, Jorge de la Peña, Sonja Perkic, Fernando López Antillón.</p>
<p>Iniciamos un trabajo duro,  duro en  la  lucha contra la impunidad que se vivió, que se vive, pero que en un futuro no se vivirá, porque las mujeres estamos construyendo un mundo donde la justicia, la libertad y la igualdad sean lo primordial en nuestros pueblos.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Peritaje Psicosocial</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 19:16:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Últimas Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[Olga Alicia Paz, del Equipo de Estudios y Comunitarios y Acción Psicosocial ECAP, una de las instituciones organizadoras del Tribunal de Conciencia, tuvo a su cargo el peritaje Psicosocial.

En el informe se mencioná que la violencia sexual es uno de los crímenes más desestructurales que ocasionó la ruptura de la propia existencia de las mujeres [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Olga Alicia Paz, del Equipo de Estudios y Comunitarios y Acción Psicosocial ECAP, una de las instituciones organizadoras del Tribunal de Conciencia, tuvo a su cargo el peritaje Psicosocial.</p>
<p><span id="more-289"></span></p>
<p>En el informe se mencioná que la violencia sexual es uno de los crímenes más desestructurales que ocasionó la ruptura de la propia existencia de las mujeres y el no reconocimiento del derecho a construir un futuro.</p>
<p>Según Olga Paz, este hecho alteró la realiación con su cuerpo, ocacionó un desorden a su organismo creando un mundo de desolación e inferioridad, agregó que los efectos psicsociales no son tan fáciles de probar en la realización de un juicio.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Peritaje Cultural</title>
		<link>http://unamg.org/?p=284</link>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 18:59:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En una exposición magistral Irma Alicia Velásquez Nimatuj tuvo a su cargo el peritaje con enfoque cultural, en el que menciona que a partir de la vilencia sexual vivida por las mujeres en el Conflicto Armado Interno, se idealizó la cultura Maya lo que ha provocado el mantenimiento de expresiones de patriarcado dentro de la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En una exposición magistral Irma Alicia Velásquez Nimatuj tuvo a su cargo el peritaje con enfoque cultural, en el que menciona que a partir de la vilencia sexual vivida por las mujeres en el Conflicto Armado Interno, se idealizó la cultura Maya lo que ha provocado el mantenimiento de expresiones de patriarcado dentro de la cultura.</p>
<p><span id="more-284"></span></p>
<p>En su exposición Irma Velásquez explicó que en la Guerra Interna, existían órdenes de arrasar las aldeas y la metodología utilizada era la esclavitud sexual que se convirtió en un hecho masivo creando un impacto en la cultura indígena. Los responsables de la violencia sexual fueron hombres indígenas y ladinos del ejército de Guatemala en donde los mismos hombres de las etnias aterrorizaban a las hermanas indígenas con violaciones masivas y repetitivas.</p>
<p>Agregó que una de las estrategias era violentar a las mujeres con un status social y cultural diferente a las demás como las comadronas, las hierberas o Aj q’ij y utilizarlas como esclavas sexuales esto implicó que su status callera a los estratos más bajos y que fueran catalogadas como prostitutas o mujeres fáciles. La desarticulación de las relaciones sociales fue uno de los efectos de este hecho.</p>
<p>Por último la experta agregó que es evidente que el hecho de que el FRG haya ganado en las regiones afectadas es por el miedo y el temor que tenían en su memoria y saber de lo que su máximo líder es capaz de ahcer.</p>
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		<title>Peritaje de Género</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 17:10:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El peritaje de Género fue presentado por Jeannette Asencio, Coordinadora del Programa de No Violencia y Construcción de la Paz de UNAMG. Según el peritaje para entender el por qué de la violencia sobre los cuerpos de las mujeres, implica cuestionar parte de la estructura social en la que vivimos, es decir, el patriarcado o [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El peritaje de Género fue presentado por Jeannette Asencio, Coordinadora del Programa de No Violencia y Construcción de la Paz de UNAMG. Según el peritaje para entender el por qué de la violencia sobre los cuerpos de las mujeres, implica cuestionar parte de la estructura social en la que vivimos, es decir, el patriarcado o sistema patriarcal.</p>
<p><span id="more-281"></span></p>
<p>El informe devela que la violencia sexual y la violación siempre han sido una característica de la guerra y en muchos casos utilizada como una arma o mecanismo “común” de guerra. En Guatemala, durante el conflicto armado, la violencia sexual fue utilizada como una práctica generalizada y sistemática utilizada por agentes del Estado.</p>
<p><!--StartFragment--></p>
<div>Las violaciones sexuales sufridas por las mujeres, en las guerras, son hechos  que se llevan a cabo colectivamente con una intención bien planificada, por último el peritaje explica que durante una guerra, o un contexto de conflicto o de violencia, la violencia sexual es utilizada sobre los cuerpos de las mujeres para demostrar el dominio sobre el enemigo.</div>
<div><!--StartFragment--> <!--EndFragment--></div>
<p><!--EndFragment--><!--StartFragment--></p>
<p><!--EndFragment--><!--StartFragment--></p>
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		<title>Peritaje sobre Estrategia Militar</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 16:36:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El peritaje de Estrategia Militar fue presentado por Sandino Asturias. Este peritaje comprueba que la violencia sexual se realizó como una estrategia militar para atemorizar y exterminar las poblaciones indígenas.
También afirma que se practicaba la tortura ejemplificante con la intención de atemorizar  a las personas que “quebrantaran el orden social”. Se construía un imaginario colectivo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El peritaje de Estrategia Militar fue presentado por Sandino Asturias. Este peritaje comprueba que la violencia sexual se realizó como una estrategia militar para atemorizar y exterminar las poblaciones indígenas.</p>
<p>También afirma que se practicaba la tortura ejemplificante con la intención de atemorizar  a las personas que “quebrantaran el orden social”. Se construía un imaginario colectivo reafirmando que quienes alteraran el orden social eran catalogados como enemigo interno o comunistas.</p>
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		<title>Juventud en el Tribunal de Conciencia</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 15:59:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[ 
Para la juventud que Guatemala sea la sede del cuarto tribunal de conciencia significa continuar con la construcción de  la memoria histórica, elemento sustancial de las sociedades y a lo cual la juventud de nuestro país regularmente no tiene acceso. Es decir que la mayoría de la juventud no conoce de los de más [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong> </strong></p>
<p>Para la juventud que Guatemala sea la sede del cuarto tribunal de conciencia significa continuar con la construcción de  la memoria histórica, elemento sustancial de las sociedades y a lo cual la juventud de nuestro país regularmente no tiene acceso. Es decir que la mayoría de la juventud no conoce de los de más de treinta años de conflicto armado interno y la profundidad de los daños causados a nuestro país durante este periodo.</p>
<p><span id="more-271"></span></p>
<p>El tribunal de conciencia lo que busca es la sentencia a las violaciones sexuales sufridas por las mujeres. No se busca un resarcimiento económico, un alivio, queremos ¡justicia!, ¡justicia! para las mujeres.</p>
<p style="text-align: right;"><em>Alejandrina Cano</em></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p>Para la juventud es importante informarse sobre el pasado de nuestro país y este tribunal de conciencia es lo más cercano a la justicia que tenemos con respecto a la violencia que sufrieron las mujeres guatemaltecas, siendo este tribunal de conciencia un paso grande para las mujeres porque se está rompiendo el silencio y sanando un poco las heridas que dejo conflicto armado y abriendo el camino hacia la justicia formal.</p>
<p style="text-align: right;"><em>Sofia Rivas</em></p>
<p><strong> </strong></p>
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